CERT0058T01 - Certificación acreditativa de consumidor reconocido como experto para el uso de artificios pirotécnicos

Finalidad:

Obtener certificados acreditativos individuales de la formación recibida como integrante de un determinado grupo de consumidores reconocidos como expertos, de conformidad con los dispuesto en el apartado 4 de la Instrucción Técnica Complementaria Número 18 del Reglamento de artículos pirotécnicos y de cartucheria.

Quien lo puede presentar:

Entidades formadoras acreditadas (Asociaciones de empresarios, entidades culturales o grupos de consumidores reconocidos como expertos).

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
Órgano gestor:

Servicio de Interior

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Recurso potestativo de reposición

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
  • Programa del curso (con el tiempo de impartición desglosado, al menos, en cuanto a formación teórica y práctica).
  • Libro de firmas de asistencia.
  • Libro de calificaciones.
  • Certificación individualizada de la formación recibida por cada alumno emitida por la entidad organizadora de la formación.
En su caso:
  • Autorización/es a menores para recibir la formación como consumidores reconocidos como expertos.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud

Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.

Verificar

Área Personal

Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.

Registrarme

Contacta