AYUD0294T01 - Ayudas para apoyar la actividad de los centros tecnológicos del Principado de Asturias
Obtener ayudas económicas para el lanzamiento o consolidación de las líneas de actividad en I+D+i, así como para inversiones en equipamiento científico-técnico necesario para realizar dichas actividades
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las siguientes personas jurídicas que tengan su domicilio social y un establecimiento productivo en el Principado de Asturias, que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas y que desarrollen una actividad de I+D+i, conforme a lo establecido en los artículos 5.2 y 5.3 de dichas bases:
- Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas. Para estas entidades será preciso :
- Que su fin principal, según los estatutos de la entidad, sea la realización de actividades de I+D+i.
- Que formen parte de su Patronato o su máximo órgano de gobierno, al menos, 10 empresas o asociaciones de empresas ubicadas en el Principado de Asturias.
- Que tengan una trayectoria consolidada de, al menos, 5 años de actividad investigadora en el Principado de Asturias.
- Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el período de la actividad subvencionada.
Desde: 09/09/2021 00:00
Hasta: 08/10/2021 23:59
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Cinetífica Aplicada y la Tecnología (FICYT)
6 meses.
Modalidades de actuación
- Se financiarán actuaciones de I+D+i desarrolladas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023, cuyo coste subvencionable no sea superior a 300.000 euros, en las modalidades de actuación siguientes:
- Actuación 1: Lanzamiento y consolidación de líneas de actividad
- Actuación 2: Infraestructuras claves para líneas de actividad existentes o estratégicas
Financiación
- Las ayudas podrán ser cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
FICHA DE ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizada
- Estatutos de la entidad (en su caso)
- Documentación acreditativa de la constitución de la entidad (en su caso)
- Copia simple de poderes notariales, en caso de representación por poder notarial
- Memoria técnica ajustada al modelo disponible
- Curriculum vitae de la persona investigadora que lidere la actuación
- Plan estratégico del centro
- Justificación de la trayectoria consolidada por parte de la entidad de, al menos, 5 años de actividad investigadora en el Principado de Asturias
- Presupuestos, indicando la oferta seleccionada (en su caso)
- Facturas proforma analizadas, indicando la oferta seleccionada (en su caso)
- Declaración de quien ostente la dirección de la misma en la que conste: el fin social de la misma (en los mismos términos que figuren en sus estatutos) y número total de patronos, identificando las diez empresas o asociaciones de empresas ubicadas en el Principado de Asturias
- Documento oficial de concesión del proyecto
- Parte del proyecto en el que se avale la participación de la persona interesada y que contenga la referencia del proyecto, persona responsable, título, organismo o entidad financiadora, subvención total concedida y duración
- Documento que contenga la referencia del proyecto, persona responsable, título, organismo o entidad financiadora, subvención total concedida y duración
- Documentos oficiales de registro y concesión, de su vigencia y, en su caso, del que acredite su explotación. La mera solicitud de una patente no será valorada.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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