AUTO0210T02 - Renovación de la calificación de empresa o taller artesano
Renovar anualmente, durante el mes de febrero, el documento de Calificación como Empresa o Taller Artesano.
Artesanos que dispongan de la calificación como empresa o taller artesano. lo que supone también estar inscrito en el Registro de Actividades Artesanas del Principado de Asturias (RARTE).
La renovación se realizará durante el mes de febrero de cada año.
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias, y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Gestión y Calidad Comercial
- Decreto 88/1994, de 5 de diciembre, por el que se regula la actividad artesana en el Principado de Asturias. BOPA 07 de febrero de 1995
- Resolución de 31 de octubre de 2001, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial del Decreto 88/1994, de 5 de diciembre, por el que se regula la actividad artesana del Principado de Asturias. BOPA 01 de diciembre de 2001
- Resolución de 10 de febrero de 2003, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se modifica la Resolución de 31 de octubre de 2001, que aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de Decreto 88/1994, de 5 de diciembre, de la actividad artesana. BOPA 20 de febrero de 2003
- Resolución de 22 de marzo de 2012, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se aprueba la renovación del Repertorio de oficios y actividades artesanas del Principado de Asturias. BOPA 11 de abril de 2012
RENOVACIÓN FUERA DE PLAZO
En el caso de que la documentación para la renovación se presente fuera de plazo, el mes de febrero, el interesado perderá su antigüedad en el Registro de Artesanos del Principado de Asturias.
No obstante, podrá solicitar la renovación en los 11 meses siguientes. Para hacerlo deberá aportar, junto con la documentación anteriormente citada, los recibos que justifiquen el pago a la Seguridad Social, desde el mes de febrero correspondiente hasta el momento en que se aporte la documentación.
PÉRDIDA DE LA CALIFICACIÓN
Transcurrido un año sin haber efectuado la renovación se producirá la pérdida de la calificación artesana y la baja en el RARTE.
- Solicitud
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar dado de alta en el impuesto de Actividades Económicas (IAE) expedido por la Agencia Estatal de la Aministración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar de alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos.
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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