AUTO0132T01 - Cancelación de datos en el buscador del BOPA
Solicitar la limitación de los criterios de búsqueda por datos de carácter personal que son accesibles desde la página del Boletín Oficial del Principado de Asturias
Personas físicas titulares de los datos de carácter personal que se pretenden cancelar
Todo el año
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Servicio de Asesoramiento Jurídico Administrativo / Consejería de Presidencia
10 días hábiles
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LIMITACIÓN DE CRITERIOS DE BÚSQUEDA
Este servicio se limita a la desindexación de los términos de búsqueda afectados por datos de carácter personal en las herramientas de búsqueda disponibles en nuestra sede electrónica. Es decir, una vez satisfecha la solicitud, no se podrá recuperar el anuncio que contiene sus datos de carácter personal, buscando por dichos datos. Sin embargo, el anuncio publicado no se alterará en ningún caso.
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DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL BOPA
En el BOPA se reproducen los documentos tal cual han sido entregados por la autoridad que ordena la inserción, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 19 del Decreto 218/2008, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento del Boletín Oficial del Principado de Asturias. En consecuencia, los datos personales no se pueden omitir de los textos recibidos, ni tampoco pueden ser eliminados de los textos publicados, pues el archivo original firmado digitalmente y publicado en la sede electrónica es inalterable.
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LÍMITES DEL "DERECHO AL OLVIDO"
- Se debe tener en cuenta sistemáticamente el interés general de acceder a una información. Aquellas solicitudes que afecten a información de interés para el público, por su naturaleza o por afectar a una figura pública, no serán aceptadas (estafas financieras, negligencia profesional, condena penal, conducta como funcionario público, etc.).
- Causas en las que motivar la solicitud: información ilícita o imprecisa; información inexacta o falsa; información incompleta o inadecuada; información obsoleta o ya no relevante; información excesiva o inadecuada por cualquier otra razón.
- Solicitud en modelo normalizado. No es necesario motivar la solicitud pero sí es conveniente aportar cualquier información adicional relevante que describa que el interés de la privacidad prevalece sobre el interés público y la libertad de información o de expresión
- Indicación clara de los datos a cancelar, aportando al efecto los datos necesarios (título y código del anuncio afectado, fecha y número del boletín en que fue publicado)
- Todos los documentos acreditativos de la inexactitud o falsedad de la información publicada
- Todas las evidencias que acrediten que la información publicada es obsoleta o no relevante
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en el territorio español
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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