AUTO0239T01 - Autorización de concentración parcelaria ordinaria
Finalidad:
Obtener la autorización de concentración parcelaria ordinaria, a instancia de particulares.
Quien lo puede presentar:
Propietarios de las fincas objeto de la concentración.
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:
Servicio de Planificación e Infraestructuras Agrarias
Que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Solicitud de la mayoría de propietarios de la zona.
Solicitud de la mayoría de los titulares de las explotaciones que ejerzan de forma directa y personal la actividad agraria.
Solicitud de uno o varios titulares, siempre que les pertenezca el setenta y cinco por ciento de la superficie a concentrar. Este porcentaje quedará reducido al treinta por ciento cuando los que soliciten la concentración se comprometan a explotar sus tierras de manera colectiva, constituidos legalmente en cualquier forma asociativa.
Que concurran razones de utilidad pública que justifiquen la concentración.
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud normalizada del procedimiento
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"