AUTO0218T01 - Información previa de cambios en el régimen de participaciones significativas de los mediadores de seguros
Solicitar la no oposición del órgano supervisor a una proyectada transmisión / adquisición de acciones o participaciones que dé lugar a un régimen de participaciones significativas (10% o superior del capital social) o altere el existente en las sociedades de correduría de seguros, cuando los incrementos igualen o superen los límites del 20 por ciento, 30 por ciento o 50 por ciento del capital social.
Todo el año
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Servicio de Supervision Financiera y Seguros
3 meses
Potestativo de reposición
PARTICIPACIÓN SIGNIFICATIVA
Se entiende por participación significativa el hecho de ser titular en una correduría de seguros, directa o indirectamente, de un porcentaje igual o superior al 10 % del capital social, o de los derechos de voto. También tiene la consideración de participación significativa, en los términos que se determinen reglamentariamente, cualquier otra posibilidad de ejercer una influencia notable en la gestión de la correduría de seguros en la que se posea una participación.
FALTA DE OPOSICIÓN
Será necesaria la falta de oposición previa de la Administración para la adquisición de la participación significativa o de cada uno de sus incrementos que igualen o superen los límites del 20 por ciento, 30 por ciento o 50 por ciento.
MÁS INFORMACIÓN
Servicio de Supervisión Financiera y SegurosEdificio Administrativo de C/ Hermanos Menéndez Pidal, nº 7 y 9 , 3º planta33005 OviedoConsultas: mediadores@asturias.orgTeléfono directo: 985 10 59 22Centralita: 985 10 55 00 Ext:12766- Solicitud en modelo normalizado
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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