RECE0004T10 - Habilitación de empresas instaladoras o mantenedoras de instalaciones térmicas en edificios
Comunicar el inicio de actividad como empresa instaladora o mantenedora de instalaciones térmicas en edificios, en el ámbito del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, y obtener la inscripción en el Registro Integrado Industrial
- Personas físicas o jurídicas que deseen establecerse como empresas instaladoras o mantenedoras de instalaciones térmicas de edificios en el ámbito territorial del Principado de Asturias
- Empresas instaladoras, legalmente establecidas en cualquier Estado miembro, que deseen ejercer la actividad en territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en régimen de libre prestación.
Todo el año
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Servicio de Industria
Potestativo de reposición o Contencioso administrativo
A los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos a las empresas instaladoras o mantenedoras, se aceptarán los documentos procedentes de otro Estado miembro de los que se desprenda que se cumplen tales requisitos, en los términos previstos en el artículo 17.2 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
- Declaración responsable previa al inicio de la actividad como empresa instaladora o mantenedora de instalaciones térmicas en edificios
- Declaración de especialidades, categoría y modalidades en las que la empresa de servicios en materia de seguridad industrial va a ejercer la actividad y requisitos exigidos para el ejercicio de las mismas
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Tarjeta de identificación fiscal (NIF)
- Copia simple de poderes notariales
- Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho a los interesados a "aportar cualquier otro documento que se estime conveniente"
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