AYUD0099T02 - Abono de subvención a las entidades asociativas agrarias para la mejora de explotaciones agrícolas
Finalidad:
Solicitar el abono de subvención en inversiones a las entidades asociativas agrarias para la mejora de explotaciones agrícolas
Quien lo puede presentar:
Entidades asociativas agrarias que tengan una subvención aprobada en las convocatorias de ayudas para la mejora de explotaciones agrícolas en el ámbito del Principado de Asturias y que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y con la Seguridad Social, y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles
- No estar sujetos a una orden de recuperación de subvenciones como consecuencia de una decisión previa de la Comisión Europea que las declare ilegales e incompatibles con el mercado común
- No ser empresas en crisis
- No estar afectadas las personas jurídicas por lo dispuesto en el artículo 20.1 del Reglamento de la Ley 38/2003 en materia de paraísos fiscales
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en los supuestos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Plazos de presentación:
Según lo dictado en la convocatoria.
Presentación:
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:
Servicio de Desarrollo Agroalimentario.
Efecto del silencio administrativo:
No procede
Normativa básica:
Información adicional:
Presentación de solicitudes
- La presentación de la solicitud y la documentación al ser por medios telemáticos, cada documento podrá ser presentado en un único pdf codificado con el nombre reflejado en la relación del Anexo VI de esta convocatoria. En caso de que no fuera un único pdf por limitaciones de tamaño, se acompañará al nombre de un índice numérico correlativo.
Ficha de acreedores
Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
- Solicitud en modelo normalizado
- Relación de facturas justificativas de la inversión realizada, agrupadas por partidas presupuestarias concordantes con las del proyecto o facturas proforma inicialmente presentadas y documentos justificativos (anexo V2, según modelo normalizado).
- Explicación de las diferencias entre los trabajos previstos y los realizados (anexo V3, según modelo normalizado).
- Originales de facturas, originales de justificantes bancarios o autentificados por la entidad bancaria o certificados bancarios y extractos de los movimientos bancarios sellados por la entidad bancaria. Las facturas irán numeradas, ordenadas correlativamente y reflejadas en un índice.
- Acreditación de la inscripción en el registro oficial de maquinaria agrícola a nombre de la entidad asociativa agraria de las inversiones susceptibles de inscripción
- Ficha de acreedor. Solamente necesaria su presentación en el caso de variación del número de cuenta con respecto a la presentada en la solicitud de subvención
En el caso de cheques y pagarés deberá incorporarse además:
- Adeudo bancario
- Copia del original del cheque o pagaré o, en su defecto, los certificados bancarios
En caso de pagos en efectivo:
- Excepcionalmente, podrán ser aceptados pagos en efectivo hasta un límite máximo absoluto de 1.500€ por expediente. En estos casos las facturas, para ser admitidas, deberán estar acompañadas de los correspondientes certificados de cobro emitidos y firmados por los proveedores; de faltar el referido certificado, deberá figurar en la misma factura la expresión ¿recibí en metálico¿, fechada y firmada con el NIF del proveedor. No serán admitidas las facturas en las que no figure completamente facturado y cobrado la totalidad del bien o servicio contratado con el proveedor
En el caso de presentar la solicitud de pago con anterioridad al plazo máximo establecido de un mes desde la notificación de la resolución:
- Aceptación de las condiciones estipuladas en la resolución de concesión (En el caso de presentar la solicitud de pago con anterioridad al plazo máximo establecido de un mes desde la notificación de la resolución)
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Documentos aportados
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:
-
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