AUTO0193T01 - Reconocimiento de escuelas de animación y educación en el tiempo libre infantil y juvenil

Finalidad:

Obtener el reconocimiento de las escuelas de animación y educación en el tiempo libre infantil y juvenil, promovidas por iniciativa tanto pública como privada y con sede en el territorio del Principado  de Asturias, como escuelas autorizadas para la formación, preparación y perfeccionamiento de monitores, directores y coordinadores de actividades de tiempo libre,  e inscribirlas en el Registro de Escuelas de Animación y Educación en el Tiempo Libre Infantil y Juvenil del Principado de Asturias. 

Quien lo puede presentar:

Escuelas de animación y educación en el tiempo libre infantil y juvenil, promovidas por iniciativa tanto pública como privada y con sede en el territorio del Principado  de Asturias.

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación telemática

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado 
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse  por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias

Órgano gestor:

Instituto Asturiano de la Juventud.

Plazo de resolución:

3 meses.

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición.

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Declaración responsable, en modelo normalizado.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
  • Copia Simple de Poderes Notariales, en caso de representación por poder notarial
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Documentación relacionada:

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