RECE0061T01 - Comunicación e inscripción de modificaciones estatutarias de las fundaciones asistenciales de interés general de Principado de Asturias

Finalidad:

Comunicar las modificaciones y adaptaciones de los estatutos de las fundaciones asistenciales para su aprobación e inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales de Interés General del Principado de Asturias

Quien lo puede presentar:

Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones Asistenciales. La modificación ha de resultar conveniente en interés de la fundación salvo que el fundador lo haya prohibido. Cuando las circunstancias que presidieron la constitución de la fundación hayan variado de manera que ésta no pueda actuar satisfactoriamente con arreglo a sus estatutos. Comunicar al protectorado la nueva redacción previo elevación a escritura pública

Plazos de presentación:

Todo el año

Presentación:

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Órgano gestor:

Servicio de Asuntos Generales

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición

Información adicional:

Una vez que el Protectorado muestra su no oposición a la modificación o nueva redacción de estatutos, ésta se elevará a escritura pública, la cual será objeto de inscripción en el Registro de Fundaciones Asistenciales 

 

Nivel de identificación del solicitante:
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"

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