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RECE0005T03 - Comunicación como transportista de residuos peligrosos
Comunicar el alta, modificación o baja en el registro de productores y gestores de residuos como transportista de residuos peligrosos o como recogedor transportista de residuos peligrosos vinculado a instalación de almacenamiento.
Quienes acrediten ser transportista con carácter profesional y disponer de los permisos necesarios para la circulación de vehículos y el transporte de mercancías.
Todo el año.
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Residuos y Economía Circular
Potestativo de reposición.
COMUNICACIÓN PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDAD
Tras la entrada en vigor de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, las entidades o empresas que recojan residuos y las que transporten residuos con carácter profesional, deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde tengan su sede social. Dicha comunicación será válida en todo el territorio nacional y se inscribirá por la comunidad autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo registro.
TASAS
La Ley del Principado de Asturias 11/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2015 ha modificado el texto refundido de las leyes de tasas y precios públicos. Entre las modificaciones introducidas se crea una nueva tasa de residuos y suelos contaminados (cuyo código de concepto es: 327013). La tarifa de aplicación en el caso de la comunicación como transportista de residuos será:
Si se trata de la primera inscripción en el registro de productores y gestores de residuos (tarifa 1.5): 88,30 €.
Si se trata de una inscripción o anotación que modifique datos obrantes en el registro de productores y gestores de residuos (tarifa 1.6): 58,40 €.
TARJETA DE CRÉDITO
Para la solicitud telemática deberá disponer de una tarjeta de débito o crédito.
- Formulario de comunicación
- Formulario con los datos relativos a los residuos a recoger/transportar (Anexo I)
- Formulario con los datos de los vehículos utilizados para el transporte (Anexo II)
- Formulario de documento de cesión de vehículo (Anexo III), si el propietario del vehículo es distinto al solicitante
- O contrato vinculante para la recogida/transporte de residuos si los vehículos no pertenecen a la empresa
- Certificado de póliza de seguro de responsabilidad civil y medioambiental (Anexo IV). (En la tramitación a través de la oficina virtual se adjuntará el documento en archivo PDF)
- Original del ingreso de la tasa (tasa de residuos y suelos contaminados)
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
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