AUTO0126T01 - Autorización a fundaciones asistenciales para la contratación de patronos
Finalidad:
Obtener la autorización para la contratación de los patronos de las fundaciones asistenciales, ya sea en nombre propio o de un tercero
Quien lo puede presentar:
Patronato de fundaciones asistenciales.
Plazos de presentación:
Todo el año.
Presentación:
Presentación telemática
Las solicitudes se presentarán a través del formulario específico al que se accede a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
Certificación del acuerdo del Patronato por el que se decide la realización del negocio jurídico, incluyendo el coste máximo total que supondrá para la fundación
Copia del documento en que se pretende formalizar el negocio jurídico entre el patrono y la fundación
Memoria explicativa de las circunstancias concurrentes entre las que se incluirán las ventajas que supone para la fundación efectuar el negocio jurídico con un patrono
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
Tramitación Registro Electrónico
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