RECE0052T01 - Inscripción en el Registro del Principado de Asturias de Empresas Alimentarias (Minoristas)

Finalidad:

Obtener la inscripción, en el Registro del Principado de Asturias de Empresas Alimentarias, del inicio de la actividad o los cambios administrativos de las empresas alimentarias con establecimientos ubicados en el territorio del Principado de Asturias que no deban estar inscritas en el Registro General Sanitario de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.  Igualmente, se inscribirán en el RPAEA las empresas que no posean ningún establecimiento pero que tengan su domicilio social en el ámbito territorial del Principado de Asturias.

Quien lo puede presentar:

Titulares de empresas y establecimientos alimentarios minoristas que estén ubicados en el Principado de Asturias y que requieran su inscripción en el RPAEA

Plazos de presentación:

Todo el año.

Presentación:

Presentación presencial

Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

Presentación telemática

Las solicitudes se podrán presentar:

  • En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
  • A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do  
  • En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano gestor:

 Servicio de Seguridad Alimentaria y Sanidad Ambiental.

Plazo de resolución:

3 meses.

Efecto del silencio administrativo:
Estimatorio
Recursos:

Potestativo de reposición.

Documentos a presentar:
Documentos requeridos
  • Solicitud en modelo normalizado indicando el objeto: inscripción inicial, cambio de titular, modificación de la actividad, cambio de domicilio (debe indicarse el nuevo en su caso en la solicitud) o baja.
Para la comunicación de la inscripción inicial:
  • Copia del documento de constitución de la comunidad de bienes.
  • Memoria de la actividad de empresas alimentarias minoristas en modelo normalizado.
Para la comunicación del cambio de titular:
  • Copia del documento público o privado que justifique el cambio de titular, firmado por ambas partes, si es posible.
  • Copia del documento de constitución de la comunidad de bienes.
Para la comunicación de la modificación de la actividad:
  • Memoria de la actividad minorista, que incluya, en el caso de ampliación, la nueva actividad que se desarrolla.
Para la comunicación del cambio de domicilio industrial:
  • Solicitud cubierta en la que se indique el nuevo domicilio industrial
Para la comunicación del cambio de domicilio social:
  • Documentación que constate el cambio de domicilio social.
Para el suministro directo de alimentos preparados en locales destinados principalmente a viviendas privadas:
  • Declaración responsable, en modelo normalizado.
Para el suministro a otros comercios minoristas de alimentos de producción propia y productos de origen animal (actividad localizada, marginal y restringida):
  • Declaración responsable, en modelo normalizado.
Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona física solicitante.
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de las personas que integran la comunidad de bienes.
  • Tarjeta de identificación fiscal de la persona jurídica o comunidad de bienes.
Documentos aportados
  • Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".

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