AUTO0045T01 - Autorización de concentración parcelaria privada
Obtener la autorización de concentración parcelaria privada
Agrupación de participantes que, constituida al menos por dos titulares de explotaciones agrarias, cumpla los siguientes requisitos:
- Represente los 2/3 (dos tercios) de los propietarios o cuente con el consentimiento de éstos
- Tenga la disponibilidad de aprovechamiento, bajo cualquier titulo, del 50% de la superficie total a concentrar
Todo el año
Presentación presencial
- Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse con la Administración del Principado de Asturias por medios electrónicos.
Servicio de Planificación e Infraestructuras Agrarias
6 meses
Potestativo de reposición
- Solicitud en modelo normalizado
- Relación de todas las parcelas en que se proyecte llevar a cabo la concentración parcelaria privada, indicando aproximadamente la superficie perteneciente a cada uno de los solicitantes
- Relación de técnicos competentes designados para realizar los trabajos
- Acta de constitución de la agrupación de los participantes, expresando objeto de la misma
- Justificante bancario de la cuenta de la agrupación
- En caso de que se considere necesario o conveniente la realización de algunas obras o mejoras para llevar a cabo la concentración parcelaria, deberá presentarse un plan de obras con una estimación de la inversión a realizar
- Memoria en la que se establezca el aprovechamiento actual, los objetivos a conseguir así como la denominación, los límites y superficie aproximada de la zona a concentrar y se manifieste el porcentaje que representan los solicitantes respecto del total de propietarios de la zona
- Plano parcelario o croquis en el que se reflejen las parcelas sujetas al procedimiento de concentración parcelaria privada y se delimite el perímetro a encontrar
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
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