AYUD0004T09 - Subvención para el transporte y movilidad eficiente de mercancías por cuenta propia
Obtener ayudas económicas para la adquisición, en régimen de propiedad, de vehículos con capacidad de tracción eléctrica al 100% mediante baterías (BEV), concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible no supere las 3,5 toneladas (categoría N1)
Empresas privadas, trabajadores autónomos y entidades sin ánimo de lucro
Desde: 20/01/2021 00:00
Hasta: 19/02/2021 23:59
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOPA del extracto de la Resolución de la presente convocatoria
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 Octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética
3 meses.
Potestativo de reposición o Contencioso-administrativo
- Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 19 de noviembre de 1992
- Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones. BOPA 25 de febrero de 2000
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 18 de noviembre de 2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE 25 de julio de 2006
- Resolución de 23 de mayo de 2018, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el uso de energías renovables y para acciones de ahorro y eficiencia energética. BOPA 29 de mayo de 2018
- Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se acuerda la ampliación de varios plazos establecidos en la convocatoria de subvenciones para el uso de energías renovables y para acciones de ahorro y eficiencia energética en el Principado de Asturias, para el ejercicio 2021. BOPA 30 de septiembre de 2021
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DATOS PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
- Código DIR: A03003934.
- Órgano al que se dirige: Consejería de Empleo, Industria y Turismo.
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LÍMITES DE ADQUISICIÓN
Se establece un límite de adquisición de un vehículo por convocatoria para un mismo beneficiario.
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CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
Será de hasta el 15% del gasto subvencionable y en ningún caso superará el importe máximo de 6.500 € por cada vehículo adquirido de la categoría N1.
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GASTOS SUBVENCIONABLES
Coste de adquisición de los vehículos eléctricos BEV nuevos, matriculados en España y pertenecientes a la categoría N1.
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CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la valoración de las solicitudes de esta línea se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
CRITERIO DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN Si con la adquisición del nuevo vehículo eléctrico la flota(1)del beneficiario es <= 5 vehículos 2 Si con la adquisición del nuevo vehículo eléctrico la flota del beneficiario es > 5 vehículos 1 (1)Se entiende por flota: el conjunto de vehículos (1 o más) de los que dispone un beneficiario
- Solicitud en modelo normalizado
- Ficha de acreedores, solo en caso de no estar dados de alta en la base de terceros del Principado de Asturias o pretender un cambio de cuenta bancaria
- Copia de las especificaciones técnicas del vehículo donde figure su autonomía
- Copia de las especificaciones técnicas donde figure que la batería es de iones de litio (Li) o, en su defecto, donde se incluya la densidad energética de la batería (Wh/kg) o los siguientes datos: peso de la batería (kg), capacidad (Ah), voltaje (V).
- Características de la flota del beneficiario
- Copia de la escritura pública de constitución
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal
- Certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (IAE)
- Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la empresa solicitante
- Certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (IAE)
- Copia de los estatutos actualizados de la entidad solicitante
- Copia de la resolución de inscripción de la persona jurídica en el registro correspondiente
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
- Poder bastante en derecho que acredite las facultades de representación del firmante de la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español
- Certificado vigente de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social
- Certificado vigente de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
- Certificado vigente de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones con el Ente Pdeblico de Servicios Tributarios del Principado de Asturias
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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