AUTO0070T01 - Modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada
Finalidad:
Obtener aprobación de la modificación de la autorización ambiental integrada prevista en la Ley de prevención y control integrados de la contaminación en los supuestos recogidos en su artículo 10, cuando se produce una modificación no sustancial de la instalación
Quien lo puede presentar:
Titulares (explotadores) o promotores de instalaciones sometidas a Autorización Ambiental Integrada que proyecten realizar una modificación no sustancial de la misma
Plazos de presentación:
Todo el año
Presentación:
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Órgano gestor:
Servicio de Evaluaciones y Autorizaciones Ambientales
Alto: Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a presentar:
Documentos requeridos
Solicitud en modelo normalizado
Documentos aportados
Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"