AYUD0028T01 - Subvención para actuaciones de interés en materia de seguridad y salud laboral
Obtener ayudas económicas para promover e impulsar la celebración de congresos, seminarios, jornadas técnicas, cursos y actos de carácter divulgativo, así como publicaciones que persigan la promoción de la prevención de los riesgos laborales y que tengan lugar en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Entidades de derecho público o privado que estén legalmente constituidas y que carezcan de fines de lucro, con excepción de las Administraciones Públicas contempladas en el artículo 2.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que cumplan con los requisitos y las obligaciones establecidas en las Bases Reguladoras que rigen estas ayudas y demás normativa reguladora de las subvenciones.
- Que la entidad no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, y cumple las obligaciones para ser beneficiaria, todo ello de conformidad con los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Que la entidad no ha sido condenada mediante sentencia firme por cometer delitos contra la seguridad y salud laboral o sancionada con carácter firme por cometer infracción administrativa muy grave en dicha materia en el periodo de 5 años anteriores a la fecha de la presente convocatoria.
Desde: 24/04/2024 00:00
Hasta: 15/05/2024 23:59
Quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Secretaría del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales.
Seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y teniendo en cuenta el principio de anualidad presupuestaria.
Alzada.
SOLICITUDES
- Las solicitudes de subvención se ajustarán al modelo disponible en el apartado de Documentación relacionada de esta misma ficha.
- El formulario de solicitud acompañado de la documentación exigida se presentará electrónicamente según el modelo normalizado, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública. Si alguna de las entidades solicitantes presenta la solicitud presencialmente, será requerida para que subsane mediante su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
CUANTÍA
- El beneficiario deberá solicitar como mínimo 3 ofertas de diferentes proveedores cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 15.000 €.
- La cuantía de la ayuda será del 75% del presupuesto subvencionable, con un importe máximo, en todo caso, de 5.000 €.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Organización de congresos, seminarios, jornadas técnicas, cursos y actos de carácter divulgativo en materia de prevención de riesgos laborales.
- Edición y publicación de material divulgativo con contenido preventivo.
- En ningún caso se considerarán como gastos subvencionables derivados de la organización o los trabajos de edición o publicación las retribuciones del personal vinculado laboralmente a la entidad beneficiaria.
- En ningún caso será subvencionable el IVA no definitivamente soportado o recuperable por cualquier medio por la entidad beneficiaria de la subvención.
- Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de noviembre de 2024.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
- Repercusión, relevancia e interés objetivo de la actividad a desarrollar, en relación con los objetivos y fines del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales.
- Experiencia de la entidad en la organización de actividades de difusión en materia preventiva.
- Incidencia del proyecto en colectivos que requieren de especial atención en materia preventiva, con mención especial a los recogidos en los acuerdos de concertación.
- Grado de difusión de la actividad.
JUSTIFICACIÓN
- El último día para la presentación de la documentación acreditativa de los gastos subvencionables será el 10 de diciembre de 2024.
COMPATIBILIDAD
- Las presentes subvenciones son incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas que tengan la misma finalidad.
- La resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias, surtiendo los efectos propios de la notificación de la misma.
FICHA ACREEDORES
La ficha de acreedores puede descargarse a través del siguiente enlace Ficha de acreedores
- Solicitud en modelo normalizado.
- Copia de los estatutos de la entidad solicitante y modificaciones posteriores que pudieran existir, en su caso.
- Ficha de Acreedores del Principado de Asturias debidamente cumplimentada. Se ajustará al modelo disponible en el apartado de Información adicional adicional de esta misma página.
- Memoria descriptiva de la actividad y objeto de la entidad solicitante en la que se acredite que reúne las condiciones de solvencia y eficacia para realizar la actividad objeto de ayuda. Entre dichas condiciones deberán destacarse la experiencia en organización de actividades similares a la actividad propuesta.
- Memoria detallada en que se concretarán las actividades objeto de subvención.
- Cuenta justificativa, según modelo normalizado.
- Facturas definitivas.
- Justificantes de pago.
- Memoria final de la actuación subvencionada.
- Documento acreditativo de la representación legal de quien suscribe la solicitud (copia de la escritura pública de apoderamiento del representante legal).
- Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español, de la persona representante legal
- Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
- Certificación justificativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Documentos aportados en virtud del art. 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente".
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