AUTO0068T01 - Autorización de servicios de temporada en playas
Obtener autorización sectorial en materia de costas para actividades de servicio público, que requieren la ocupación del dominio público marítimo terrestre, sus servidumbre o suelo no urbanizable de costas, delimitado por el Plan de Ordenación del Litoral Asturiano (POLA) con instalaciones desmontables o bienes muebles
Ayuntamientos asturianos y personas físicas o jurídicas interesadas en la instalación de servicios de temporada en las playas asturianas.
Sujeto a plazos.
Presentación presencial
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Presentación telemática
Las solicitudes se podrán presentar:
- En el Registro Electrónico del Principado de Asturias, al que se puede acceder a través del enlace Tramitación Registro Electrónico de esta misma página.
- A través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- En el Registro electrónico de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas solicitantes están obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración del Principado de Asturias.
Servicio de Gestión y Disciplina Urbanística.
Potestativo de reposición.
- Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias. BOE 11 de enero de 1982
- Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. BOE 29 de julio de 1988
- Decreto 107/1993, de 16 de diciembre, por el que se aprueban las directrices subregionales de Ordenación del Territorio para la Franja Costera. BOPA 16 de febrero de 1994
- Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. BOE 31 de mayo de 2004
- Acuerdo de 23 de mayo de 2005, adoptado por el Pleno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA), relativo a la aprobación definitiva del Plan Territorial Especial de Ordenación del Litoral Asturiano (POLA). (Expte. SGDU-OT 646/01). BOPA 25 de agosto de 2005
- Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias. BOPA 15 de febrero de 2008
- Decreto 93/2013, de 30 de octubre, sobre autorización de servicios de temporada para las playas del Principado de Asturias. BOPA 08 de noviembre de 2013
- Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. BOE 11 de octubre de 2014
- Información pública del Acuerdo de aprobación definitiva del Plan Territorial Especial del Suelo no Urbanizable de Costas (PESC). Expte. SOTPLA 238/10. BOPA 16 de noviembre de 2016
- Decreto 63/2022, de 21 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias. BOPA 3 de noviembre de 2022
SERVICIOS RELACIONADOS
- Solicitud en modelo normalizado
- Denominación del servicio a realizar, dirección, emplazamiento y situación
- Descripción del programa de usos con indicación expresa de la superficie destinada a cada uso y número y tamaño de mesas en el uso de terraza
- Fotografía, infografía o catálogo, en su caso, de las características de las mesas, sillas, mamparas, jardineras y toldos a instalar
- Documentos que acrediten la existencia de los servicios de agua, electricidad, recogida de residuos o vertidos necesarios para el correcto funcionamiento del establecimiento
- Documentos que acrediten el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas
- Memoria descriptiva de las instalaciones previstas para los servicios referidos en el punto anterior
- Planos de planta, cubierta y alzados a escala 1:100 a 1:50, dependiendo del grado de precisión necesaria, de los servicios de temporada solicitados, donde se detalle la distribución de los elementos que lo componen, con el fin de que quede constancia de la ocupación del espacio público o privado y pueda apreciarse el espacio dejado para el normal tránsito peatonal y rodado
- Presupuesto estimado de las obras o instalaciones a realizar
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
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