RECE0037T01 - Registro de técnicos cualificados para la certificación de eficiencia energética en edificios
Inscribirse en el registro los técnicos cualificados o empresas que dispongan de estos técnicos, tal como se indica en la disposición transitoria tercera del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios, de tal forma que el ciudadano disponga de registros actualizados
Aquellas que tengan la cualificación técnica habilitante y cumplan los siguientes requisitos:
-
Estar en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y, dirección y ejecución de obras de edificación, o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
O aquellos técnicos o empresas que dispongan de éstos, que acrediten la cualificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según se establezca en la orden prevista en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios.
-
Abonar la tasa correspondiente en modelo normalizado 046 "Autoliquidación de tasas y otros ingresos", que se podrá confeccionar de forma online o descargar el documento en pdf para rellenar a posteriori y donde constará como dato específico 329005. El coste de la tasa por cada inscripción de técnico o empresa será de 17,90 €.
Todo el año
Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas
Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética
Potestativo de reposición
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
- La inscripción en el registro es voluntaria y no condiciona para la realización de la certificación de eficiencia energética de edificios.
- Cuando se registre una empresa y ésta disponga de más de un técnico cualificado, añadirá tantos técnicos como tenga, completando los datos de cada técnico.
- Tendrá una validez de 10 años.
- Solicitud en modelo normalizado
- Título académico habilitante para la redacción de proyectos o dirección de obras y, dirección y ejecución de obras de edificación, o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación
- Documentos aportados en virtud del artículo 28 de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
Tramitación Registro ElectrónicoTramitación telemática
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
Verifica aquí que tu equipo tiene la configuración técnica necesaria para la firma en la solicitud de este servicio.
Área Personal
Si no estás registrado hazlo, todo son ventajas. Podrás consultar tus expedientes y realizar tus trámites desde la web.
Contacta
- Llámanos al 985 27 91 00 o al 012
(985 27 91 00 desde fuera de Asturias)
Acceso a la información sobre el coste de la llamada - Escríbenos al buzón ciudadano
- Ven a vernos a nuestras oficinas
- Solicita cita previa