Sede electrónica
El sábado 23/09/2023 entre las 07:00 y las 9:30 h el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital tiene previsto realizar tareas de mantenimiento técnico que afectarán a lo siguiente: Identificación Cl@ve Permanente (no funcionará), Firma Cl@ve Permanente (no funcionará), Registro Cl@ve (TUIC) (se podrán registrar en la AEAT, pero no llegarán los registros a la GISS) y Gestión de contraseñas (SIUC) (no funcionará ningún servicio: Activación de usuario, Olvido de contraseña, baja de usuarios y cambio de contraseña)
AUTO0298T04 - Autorización y visado de tarjetas de transporte público discrecional de viajeros en autobús (VD)
Obtener la autorización y visado de tarjetas de transporte público discrecional de viajeros en autobús (VD).
Personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
- Con carácter general:
- Ser persona física (no pudiendo otorgarse las autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes) o bien persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado.
- En el caso de ser persona física deberá tener la nacionalidad española o la de otro Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España no sea exigible el citado requisito.
- Disponer de firma digital autorizada de la persona física o jurídica solicitante. En caso de representantes, es necesaria la previa acreditación de la representación en la aplicación informática del Ministerio de Fomento.
- Tener su domicilio fiscal en el ámbito territorial del Principado de Asturias.
- Haber abonado la tasa correspondiente.
- Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales.
- Vehículos:
- Para nuevas altas se deberá acreditar que se dispone de al menos 1 autobús en propiedad o en régimen de arrendamiento financiero tipo "leasing" u ordinario, que no tengan más de 2 años de antigüedad contados desde su primera matriculación.
- Capacidad económica de la empresa:
- Las empresas titulares deberán contar con una capacidad económica de 9.000 euros para el primer vehículo y 5.000 euros para cada uno de los restantes. La acreditación se realizará:
- En el caso de personas jurídicas: Se atenderá a los datos obrantes en el Registro Mercantil.
- En el caso de personas físicas: Se presumirá que cumple con este requisito siempre que ninguno de los vehículos adscritos a la autorización rebase la antigüedad de 12 años y disponga de ellos en alguna de las siguientes modalidades:
- Propiedad o arrendamiento financiero.
- Arrendamiento ordinario contratado por un plazo no inferior 24 meses.
- Si no se dan estas circunstancias, deberá acreditar que o bien dispone de una garantía prestada por una entidad financiera o de seguros o que una entidad financiera acredite que la empresa tiene acceso a crédito hasta la cuantía que corresponda en función del número de vehículos para los que solicite autorización.
- Las empresas titulares deberán contar con una capacidad económica de 9.000 euros para el primer vehículo y 5.000 euros para cada uno de los restantes. La acreditación se realizará:
- Competencia profesional:
- Ha de quedar acreditado que la empresa cuenta en todo momento con una persona física que ejerce las funciones de gestor de transporte.
- En el caso de personas físicas esta podrá ser el gestor de transporte de la empresa, debiendo acreditar que se encuentra en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda. También podrá ser otra persona física contratada por el titular de la autorización en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller.
- En el caso de personas jurídicas su persona podrá ser cualquiera de las personas físicas que la integren siempre que resulte acreditado que su participación en el capital social es igual o superior al 15% y que se encuentra en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda. Si es un trabajador de la empresa, deberá estar dado de alta en el Régimen general de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller.
- Cumplir el requisito de honorabilidad, para lo que habrá que atenerse exclusivamente a los datos obrantes en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte y en el Registro Europeo de Empresas de Transporte por Carretera.
Todo el año
La solicitud debe realizarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento.
Servicio de Transportes
15 días
Recurso potestativo de reposición
El pago de las tasas para este servicio se realizará desde esta misma página:
Hasta el día 31 de diciembre de 2023, la tramitación de este procedimiento no requerirá el abono de ninguna tasa a la Administración del Principado de Asturias.
Para la correcta tramitación de su solicitud, deberá:
- En el campo de numero de autoliquidación: incluirá el número de NIF/DNI del solicitante
- En el campo fecha de devengo: la fecha de solicitud del trámite
Solicitud
- La solicitud debe realizarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento.
- Para iniciar la solicitud será imprescindible haber abonado anteriormente la tasa correspondiente.
- El importe de la tasa es de 19,70 euros por vehículo y debe figurar en la misma el código de concepto 327002.
Vigencia y visado
- La validez de la autorización no tiene un plazo prefijado, si bien queda condicionada a la comprobación periódica del mantenimiento de las condiciones de obligado cumplimiento, a través del correspondiente visado, que se efectuará cada 2 años, previa solicitud acompañada de documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos y abono de la correspondiente tasa.
Documentación de la autorización
- Las empresas que obtengan el título habilitante para la realización del transporte público discrecional de viajeros en autobús serán inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades de Transporte.
- Solicitud en modelo normalizado
- Justificación de abono de la tasa correspondiente
- Escritura de constitución de la empresa
- Acreditación de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas I.A.E.
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado de Asturias
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales
- Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social
- Documentación acreditativa de la disponibilidad del vehículo para el que solicita autorización. En el caso de que disponga de ellos en régimen de arrendamiento ordinario o financiero, deberá aportar los contratos
- Documentación acreditativa de la capacidad económica de la empresa
- Datos del Gestor del Transporte
- Acreditación de la honorabilidad. Para el cumplimiento de este requisito habrá que atenerse exclusivamente a los datos obrantes en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte y en el Registro Europeo de Empresas de Transporte por Carretera
- Documentos aportados en virtud del art. 28. de la Ley 39/2015 en el que se reconoce el derecho de los interesados a "aportar cualquier otro documento que estimen conveniente"
-
Tramitación Registro ElectrónicoTramitación telemática
Comprueba los requisitos técnicos para realizar la solicitud
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